Defensoría del Pueblo de Huancavelica
PRESENTARÁ EL INFORME DEFENSORIAL Nº 145
Nota de Prensa N° 029-2009-OD-HVCA
DEFENSORÍA DEL PUEBLO ADVIERTE SERIAS DEFICIENCIAS EN LA
APLICACIÓN DE LA LEY SOBRE SILENCIO ADMINISTRATIVO
Mayor nivel de incumplimiento se observa en los gobiernos locales.
El Jefe de la Oficina Defensorial de Huancavelica, Dr. Juan Matos Centeno, informo que su institución realizará la presentación pública a autoridades y representantes de la sociedad Civil de Huancavelica, del Informe Defensorial Nº 145 “Aplicación del Silencio Administrativo: Retos y tareas pendientes”, dicha presentación se realizara el día 24 de septiembre a partir de las 2:30 de la tarde en el Auditorio Multiuso de la Municipalidad Distrital de Ascensión, y estará a cargo del Dr. Enzo Paredes Castañeda, Comisionado de la Adjuntía para la Administración Estatal de la Defensoría del Pueblo.
En la presentación del Informe Defensorial,se destacará que de un total de 345 funcionarios, pertenecientes a 227 entidades de 21 departamentos, a quienes la Defensoría del Pueblo aplicó fichas de entrevistas para determinar el real conocimiento de la Ley del Silencio Administrativo, el 39% (136) no conocía fehacientemente el sentido y contenido de dicha norma.
Considerando tan insuficiente nivel de conocimiento de la normatividad y el incumplimiento de otras obligaciones, como el registro del personal responsable en la Central de Riesgo Administrativo (CRA), a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) a fortalecer las actividades de capacitación y de difusión de la normatividad sobre silencio administrativo, sobre todo en los gobiernos locales.
Ante esta realidad, la Defensoría del Pueblo exhorta a la Contraloría General de la República a que cautele que los Jefes del OCI cumplan con enviar al titular de la entidad el informe mensual, y elaboren reportes periódicos en los que se dé cuenta del cumplimiento de los Jefes de los OCI respecto de la elaboración del informe acerca de la aplicación de la Ley del Silencio Administrativo.
Finalmente se ha propuesto al Congreso de la República modificar del artículo 202º de la Ley de Procedimiento Administrativo General (LPAG), norma que regula la nulidad del acto administrativo, por afectar el derecho de defensa de los administrativos. Así como la derogación del segundo párrafo del artículo 66º de la Ley Nº 29356, nueva Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú (PNP), por impedir al administrado articular la queja administrativa y la aplicación del silencio administrativo negativo en la vía recursal.
Siendo así, con el ánimo de promover el conocimiento y respeto de los derechos de las personas, la Defensoría del Pueblo organiza este evento académico, para lo cual se hace extensivo la convocatoria a las autoridades ediles, políticas, policiales, fiscales, a las representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil, estudiantes de la Universidad Nacional de Huancavelica. Se entregara certificados de asistencia y materiales de estudio.
Con el Ruego de su Difusión.
Huancavelica, 21 de septiembre de 2009 |