Esta mañana familiares de los desparecidos transitaron por las calles de Breña para dar a conocer a los transeuntes su demanda. 15, 731 desparecidos y alrededor de 78,655 familiares esperan cerrar el drama abierto por la imposibilidad de recuperar los restos y darles entierro digno.
El pasado junio, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Gustavo Adrianzén, se comprometió a presentar en agosto una iniciativa legal (el proyecto de Ley de Búsqueda de personas desparecidas de 1980 a 2000) para agilizar la atención de esta dramática situación.
"“Es imprescindible que se acceda a la verdad, la búsqueda exhaustiva de los restos, la identificación y entrega de los desaparecidos. La norma es novedosa porque tiene un enfoque humanitario. El tema de búsqueda de personas desaparecidas es sucedáneo al de las reparaciones y merece especial cuidado y atención”, expuso el ministro durante el desarrollo de sus compromisos”, señaló el ministro Adrianzen ante el Congreso de La República tras comprometerse a enviar el proyecto de Ley en agosto
Ver aquí video compromiso del Ministro de Justicia: https://goo.gl/fWffLp
El proyecto de Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas, fue enviado a la PCM durante la gestión del ex titular de Justicia, Daniel Figallo, y aprobado por el Consejo de coordinación vice ministerial el 24 de noviembre de 2014. En dicha fecha se solicitó su discusión en el Primer Consejo de Ministros. Según fuentes de la PCM el actual ministro de Justicia no ha cumplido con enviar el proyecto de Ley revisado para su discusión en esta instancia.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dió a conocer una copia del proyecto de Ley al Movimiento Para que no se repita y familiares interesados, sin embargo no pudo señalar fecha en que dicho proyecto sería enviado por el ministro a la PCM, ni si dicho documento sería la propuesta final del ministerio.
Los familiares siguen a la espera de que el ministro Gustavo Adrianzén cumpla su promesa y marque el curso de la Ley humanitaria. El proyecto de Ley permitiría la creación del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y de Sitios de Entierro, aceleraría el proceso forense, la toma de muestras biológicas de los familiares, la inhumación individualizada y entierro temporal de los restos no identificables, el acompañamiento psicosocial de los familiares, así como apoyo material y logístico. Con esta Ley los familiares podrán acceder a los restos de sus seres queridos y darles digno entierro, sin perjuicio del orden judicial.
Notas:
En julio pasado la Asociación Nacional de Familiares de Secuestrados, Detenidos y Desaparecidos del Perú (ANFASEP) dio a conocer que 33 madres de su asociación fallecieron sin conocer el paradero de sus hijos, esposos y demás familiares. Por su parte las viudas y familiares de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional (AVISFAIP) señalaron que al no existir esta ley, las investigaciones de sus casos se cierran al tercer año y con ellas la posibilidad de recuperar el cuerpo de sus seres queridos.
- Según el Ministerio Público y el Registro Único de Víctimas, en el Perú existen 6,462 fosas comunes, 15,731 personas desaparecidas durante 1980 a 2000, y se calcula entre 1 a 5 familiares cercanos alrededor de cada caso. De los casos con que se cuenta con información el 92% de desparecidos son personas mayores de 18 años, el 87% son varones.
-En 12 años, solo han sido entregados a sus familiares 1,644 restos (10.4% del total). Se han excavado 4,080 sitios de entierro, se han recuperado 3,202 cuerpos (20% del total) y solo se han identificado 1833 (57%).
- El 85% de las denuncias por desaparición se encuentran en proceso de investigación preliminar.Luego de tantos años viene perdiendo vigencia la demanda por justicia porque la gran mayoría de posibles responsables, ya no está con vida.
- La ruta para recuperar los cuerpos de los desaparecidos inicia con la denuncia ante el Ministerio Público y continua con un largo proceso judicial. La identificación de la persona desaparecida post exhumación de sus restos puede demorar entre 4 a 6 años por cada caso. Los familiares, en su mayoría son personas de escasos recursos, suspenden su trabajo y tareas regulares, poniendo en riesgo la satisfacción de sus necesidades básicas para concurrir a: las declaratorias ante los fiscales, las tomas de muestras de ADN, las exhumaciones y a los reconocimientos de prendas. Todo ello con la esperanza de hallar a sus seres queridos y darles digno entierro.
- Las madres, las viudas, las y los hijos de los desaparecidos no pueden enterrar a sus muertos, no pueden ser legalmente viudas, huérfanos o herederos.
Familiares y víctimas de la violencia se pronunciaron y denunciaron una campaña de negacionismo y desprestigio de los lugares de memoria
La forma en que la sociedad atiende a las víctimas da cuenta del valor de la justicia y las dinámicas de perdón a las que esta se somete.
Por una convivencia saludable, por el derecho a la igualdad, al libre tránsito, por el respeto de la dignidad de las mujeres.